¿Cómo me asocio?
Para ser socio es imprescindible que seas mayor de edad y que poseas la capacidad de obrar.
Debes imprimir el formulario de Inscripción, cumplimentarlo y entregarlo en la sede de la Asociación en Urbanización Condal, S/N, 29780 Nerja.
Socios Numerarios
Podrán ser Socios Numerarios todas aquellas personas que sean padres, representantes legales o guardadores de hecho de personas con discapacidad intelectual así como las personas que, no reuniendo estas características, participen en los fines de la asociación y que así lo soliciten.
Los Socios Numerarios tienen como derechos:
- Tomar parte en las actividades de la Asociación.
- Tener voz y voto en las Reuniones que celebre la Asamblea General.
- Exponer a la Junta Directiva las iniciativas o sugerencias que crean oportunas.
- Ser informado de las actividades más relevantes de la Asociación y de los acuerdos de los órganos directivos.
- Utilizar los servicios que la Asociación tenga dispuestos en beneficio de sus socios.
Socios Colaboradores
Los Socios Colaboradores pueden ser personas físicas o empresas que mediante el pago de una cuota ayudan a la consecución de los fines de la Asociación.
Los Socios Colaboradores tienen como derechos:
- Asistir a las Asambleas de la Asociación.
- Recibir información de las publicaciones y memorias de actividades de la Asociación.
- Participar en las actividades que se organicen desde la Asociación.
Información sobre deducciones
Los socios y personas donantes, tienen mayores bonificaciones fiscales. En 2015 se han incrementado los tipos de deducción aplicables para las donaciones que se realicen en favor de Entidades acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Si eres Persona Física, en el IRPF correspondiente a 2015 podrás deducirte desde el 27,5% del importe de tus cuotas y/o donativos de la cuota íntegra, según cantidades y ejercicio en el que realices tu aportación, con un límite del 10% de la base liquidable.
Si eres Persona Jurídica, en el Impuesto de Sociedades correspondiente a 2015 podrás deducirte desde el 35% de tus cuotas y/o donativos de la cuota íntegra, según cantidades y el ejercicio en el que realices tu aportación, con un límite del 10% de la base liquidable.
Si eres Persona Física o Jurídica NO residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos.
Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF.
Si aún no lo has hecho, llámanos al 952528897 o escríbenos a Aquí.
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria.